AESA drones Normativa 2025 – Todo lo que necesitas saber
AESA drones Normativa 2025 – Todo lo que necesitas saber
Normativa AESA drones en 2025: La Guía Rápida Anti-Multas que Todo Piloto Debe Conocer
¡Hola, apasionados del vuelo! Los drones nos abren un mundo de posibilidades: fotografía aérea espectacular, vídeos cinematográficos, inspecciones eficientes e incluso pura diversión. Pero como cualquier tecnología potente, su uso viene acompañado de responsabilidades. En España, la normativa de drones europea (implementada y supervisada por AESA – Agencia Estatal de Seguridad Aérea) es clara y su cumplimiento es crucial no solo para la seguridad de todos, sino también para evitar sanciones económicas importantes.
Con la temporada de vuelo en pleno apogeo en 2025, queremos que disfrutes de tu dron al máximo, pero siempre dentro de la legalidad. ¡Esta guía rápida es tu checklist esencial para volar sin preocupaciones y evitar multas!
1. Registro como Operador: El Primer Paso Obligatorio (o No)
Antes incluso de pensar en despegar, si tu dron no es considerado un juguete (según la Directiva 2009/48/CE) o si pesa más de 250 gramos o tiene cámara* (¡la gran mayoría!), debes registrarte como operador de UAS en la sede electrónica de AESA. Es un proceso online y gratuito. Obtendrás un número de operador único que deberás incluir (de forma visible o electrónica, según el caso) en tu(s) dron(es). ¡Saltarse este paso es una de las infracciones más comunes y fáciles de detectar!
Enlace a la web oficial de AESA: https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/registro-de-operador-de-drones-uas
Enlace al trámite (también disponible desde la web anterior): https://sede.seguridadaerea.gob.es/sede-aesa/catalogo-de-procedimientos/registro-de-operadores-de-uas
*Nota: Si el dron cumple con la directiva Directiva 2009/48/CE, es decir, se considera juguete, no es necesario registrarse como operador aunque tenga un sensor capaz de capturar datos personales (una cámara). No obstante, esta información la da el fabricante, y en muchas ocasiones se opta por simplificar la distinción y se considera que si lleva cámara NO es un juguete (ya que no siempre podemos demostrar que cumple la Directiva 2009/48/CE o no tenemos el embalaje a mano), por lo que en caso de duda, mejor registrarse como operador y cumplir normativa de drones para evitar sanciones. Para mas información consultar este ENLACE.
2. Formación y Licencia: Demuestra que Sabes Volar Seguro
La formación ya no es opcional. Dependiendo de dónde y cómo quieras volar (la categoría operacional), necesitarás una certificación:
- Categoría Abierta (la más común para aficionados y muchos profesionales):
- Subcategorías A1/A3: Requiere superar un examen online gratuito en AESA. Te acredita para volar drones ligeros (Clase C0 o C1 en A1) o en zonas alejadas de personas (A3). ¡Es el mínimo imprescindible para casi todos!
- Subcategoría A2: Si quieres volar más cerca de personas (pero nunca sobre ellas) con drones de Clase C2, necesitas formación adicional y un examen presencial (además de tener el A1/A3).
- Categoría Específica: Para operaciones de mayor riesgo no cubiertas por la categoría abierta (ej. volar más allá del alcance visual – BVLOS, drones más pesados cerca de gente, etc.). Requiere una autorización de AESA basada en un estudio de seguridad o adherirse a escenarios estándar (STS).
¿No sabes qué clase es tu dron (C0, C1, C2…)? Busca la etiqueta de identificación de clase en el dron o su embalaje. Esto determina en qué subcategoría puedes operar y qué formación necesitas. Si lo compraste antes del 2024 es muy probable que no tenga dicho marcado, en este caso, la norma indica: Los UAS definidos en el art. 20 del RE (UE) 2019/947, es decir, que hayan sido introducidos en el mercado antes del 1 de enero de 2024 y no sean de construcción privada ni dispongan de marcado de clase, serán considerados como «drones legacy«.
Consulta toda la normativa AESA drones en relación a los marcados de clase en: https://www.seguridadaerea.gob.es/es/noticias/en-2024-entra-en-vigor-el-marcado-de-clase-de-dronesuas-y-la-identificacion-distancia
La información en relación a la formación en categoría abierta se encuentra en: https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/operaciones-con-uas-drones/operaciones-con-uas-drones—categoria-abierta-subcategorias-a1-a2-y-a3
IMPORTANTE -> Los requisitos, formación y trámite en relación a la categoría abierta se encuentran en: https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/formacion-de-pilotos-a-distancia-uas-drones/formacion-de-pilotos-uas-drones-en-categoria-rabiertar
3. Seguro de Responsabilidad Civil
Aunque la licencia nos sirve para cualquier país miembro de la Unión Europea, el seguro, en este caso variará según las directrices de cada país. Según la norma:
Para aquellas aeronaves no tripuladas con una masa máxima al despegue inferior a 20 kg, los Estados miembros podrán exigir los seguros que consideren oportunos a través de la legislación nacional.
En el caso de España, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 517/2024:
Los operadores de UAS con aeronaves no tripuladas con una MTOM inferior a 20 kg se deberán ajustar a lo indicado en el Real Decreto 37/2001, por el que se actualiza la cuantía de las indemnizaciones por daños prevista en la Ley de Navegación Aérea. Quedan excepcionadas del cumplimiento de las obligaciones de aseguramiento las operaciones:
-
En la categoría «abierta», dentro de subcategoría A1, y
-
En la categoría «abierta», dentro de subcategoría A3, siempre que se realicen con aeronaves de una MTOM inferior a 20 kilogramos.
Por tanto, para volar en categoría abierta A1/A3 con una aeronave de MTOM inferior a 20kg en España no es obligatorio disponer de seguro de responsabilidad civil, sin embargo, si volamos en espacios compartidos con otras personas, es fácil causar accidentes e incidentes, por lo que es altamente recomendable tener seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños.
4. Zonas de Vuelo: Consulta SIEMPRE Antes de Despegar
No se puede volar en cualquier sitio. Espacios aéreos controlados (cerca de aeropuertos), zonas militares, parques nacionales, áreas urbanas densas, sobre aglomeraciones de personas… existen muchas restricciones.
Tu herramienta clave aquí es ENAIRE Drones. Esta web/app oficial te muestra en un mapa interactivo dónde se puede y dónde no se puede volar, las alturas máximas permitidas en cada zona y los requisitos específicos (permisos, coordinaciones, etc.). ¡Consultarla antes de CADA vuelo es obligatorio y fundamental para evitar multas y situaciones peligrosas!
Además, en alguna de esas zonas podremos encontrarnos la advertencia de que debemos comprobar si nos encontramos en un entorno urbano, en cuyo caso, deberemos avisar al ministerio de interior con al menos 5 días de antelación. Toda la información se puede encontrar en la propia advertencia (enlace al formulario para el ministerio: enlace).
Enlace: https://drones.enaire.es/
5. Reglas de Oro en Vuelo (Categoría Abierta):
- Vuelo en VLOS (Visual Line of Sight): Debes mantener siempre contacto visual directo con tu dron, sin ayudas ópticas (salvo gafas o lentillas).
- Altura Máxima: Nunca superes los 120 metros sobre el terreno o el obstáculo más alto en un radio de 150m.
- Distancia a Personas: Respeta las distancias mínimas según la subcategoría (A1, A2, A3) y la clase de tu dron. Nunca vueles sobre concentraciones de personas.
- Privacidad: Respeta la privacidad de las personas. Grabar imágenes requiere cumplir con la Ley de Protección de Datos.
- Condiciones Meteorológicas: Vuela solo en condiciones seguras.
- Vuelo Nocturno: Permitido si el dron tiene luces (Mínimo una luz verde intermitente según norma) y cumples los requisitos de formación, pero siempre con precaución extra.
¿Y si no cumplo? Las Consecuencias
AESA tiene potestad sancionadora. Las multas por incumplimiento de la normativa de drones pueden variar enormemente dependiendo de la gravedad de la infracción, desde unos cientos de euros por faltas leves (como no tener el registro a la vista) hasta miles o decenas de miles de euros por infracciones graves o muy graves (volar en zona prohibida, causar un accidente sin seguro, operar sin licencia requerida…). ¡No merece la pena arriesgarse!
Conclusión: Vuela con Cabeza y Disfruta
La normativa de drones puede parecer compleja al principio, pero seguir estos pasos básicos te asegurará volar de forma legal y segura en España en 2025:
- Regístrate como operador en AESA: https://sede.seguridadaerea.gob.es/sede-aesa/catalogo-de-procedimientos/registro-de-operadores-de-uas
- Fórmate y obtén la licencia adecuada para tu dron y tipo de vuelo: https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/formacion-de-pilotos-a-distancia-uas-drones/formacion-de-pilotos-uas-drones-en-categoria-rabiertar
- Contrata un seguro de responsabilidad civil (Dependiendo de la categoría de tus vuelos)
- Consulta SIEMPRE ENAIRE Drones antes de volar: https://drones.enaire.es/
- Respeta las reglas de vuelo (VLOS, altura, distancias, privacidad).
Volar un dron es una experiencia increíble. Haciéndolo de forma responsable, no solo evitas multas, sino que contribuyes a la buena imagen de toda la comunidad de pilotos y a mantener los cielos seguros para todos.
¿Tienes dudas sobre qué dron se adapta mejor a tus necesidades o necesitas ayuda para entender algún punto de la normativa? ¡Contacta con nosotros! Estaremos encantados de asesorarte.
¡Felices y seguros vuelos!